¿Qué es una sentencia de reparación directa?
La reparación directa es el medio de control regulado por el artículo 140 del CPACA (Ley 1437 de 2011) por el cual una persona demanda al Estado cuando sufre un daño antijurídico causado por un hecho, una omisión, una operación administrativa o la ocupación temporal o permanente de un inmueble por causa de trabajos públicos.
Una sentencia de reparación directa es el fallo, ejecutoriado por el Consejo de Estado o un Tribunal Administrativo, que condena a una entidad pública (Ministerio de Defensa, Policía, Ejército, INPEC, Fiscalía, ESE, municipios, departamentos, etc.) a pagar una indemnización al demandante por ese daño.
¿Qué significa vender una sentencia de reparación directa?
Vender una sentencia es ceder el crédito que el beneficiario tiene contra el Estado a un tercero comprador. La figura jurídica está reconocida en el Código Civil colombiano (artículos 1959 a 1972) bajo la cesión de créditos y, cuando aplica, la cesión de derechos litigiosos.
En la práctica, el beneficiario firma un contrato de cesión con el comprador, el comprador recibe el derecho a cobrar el monto de la sentencia ante la pagaduría, y el beneficiario recibe el dinero pactado, generalmente con un anticipo del 10% al firmar y el saldo cuando la entidad acepta la cesión (menos de 60 días).
Entidades contra las que compramos sentencias de reparación directa
- Ministerio de Defensa Nacional
- Ejército Nacional
- Policía Nacional
- Armada Nacional
- Fuerza Aérea Colombiana
- INPEC
- Fiscalía General de la Nación
- Rama Judicial
- ESE públicas y hospitales del Estado
- Municipios y departamentos
Requisitos para que ADC compre su sentencia
- Sentencia de primera y segunda instancia (o acta de conciliación).
- Constancia de ejecutoria.
- Radicación o turno de cuenta de cobro (opcional — si no la tiene, ADC le ayuda a tramitarla sin costo).
¿Cuánto pagan por una sentencia de reparación directa?
El descuento depende de tres variables: la entidad demandada (no es lo mismo Policía Nacional que un municipio pequeño), la fecha de ejecutoria y de radicación de la cuenta de cobro, y la existencia de tiempos muertos de intereses moratorios.
La estructura de pago estándar de ADC es: anticipo del 10% del valor de la sentencia al firmar la cesión, más saldo restante en menos de 60 días, contra la aceptación de la cesión por parte de la entidad. Comparado con los 4 a 6 años de espera real en pagaduría, la diferencia financiera es enorme.
Paso a paso del proceso de compra
- 01. Recibo de documentación básica.
- 02. Propuesta y negociación.
- 03. Radicación del contrato de cesión en pagaduría.
- 04. Pago a beneficiarios y apoderado.
Cada paso lo coordina un asesor legal de ADC sin costo para el beneficiario.


